Las dos categorías legales
El Real Decreto 139/2011 distingue dos figuras superpuestas:
- Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial: lista amplia con todas las especies merecedoras de protección por su rareza, vulnerabilidad ecológica o relevancia cultural y científica. Incluye más de mil especies entre flora y fauna. La inscripción en el Listado prohíbe matarlas, capturarlas vivas, perseguirlas, molestarlas en sus zonas de cría, destruir su hábitat y comerciar con ellas o con cualquiera de sus partes.
- Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA):
subconjunto del Listado anterior con las especies clasificadas en
dos grados de amenaza más severa:
- En peligro de extinción: especies cuya supervivencia está amenazada de forma inmediata.
- Vulnerable: especies que podrían pasar a la categoría anterior en un plazo corto si no se actúa.
La diferencia jurídica es relevante: las especies en peligro de extinción requieren plan de recuperación y las vulnerables plan de conservación, ambos planes competencia de las comunidades autónomas. Una especie protegida general puede no tener plan; una especie del CEEA siempre debe tenerlo.
Especies emblemáticas para el senderista
Algunas especies del CEEA que se mencionan habitualmente en paneles de información de los parques nacionales y en folletos divulgativos:
En peligro de extinción
- Lince ibérico (Lynx pardinus): endemismo ibérico, recuperado desde menos de 100 ejemplares en 2002 a 2.401 en 2024 y 2.663 en 2025 (España y Portugal). Presente en Andújar-Cardeña, Doñana, Montes de Toledo, Sierra Morena oriental.
- Oso pardo cantábrico (Ursus arctos, subpoblación cantábrica): 350-450 ejemplares en Cordillera Cantábrica.
- Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus): 150-200 parejas en Pirineos, reintroducciones en Picos de Europa, Sierra de Cazorla y Maestrazgo.
- Águila imperial ibérica (Aquila adalberti): 841 parejas en el censo ibérico de 2021-2022 (un 53 % más que en 2017). Presencia restringida a cuadrante suroccidental peninsular.
- Urogallo cantábrico (Tetrao urogallus cantabricus): subespecie endémica del norte ibérico, en situación crítica.
Vulnerable
- Oso pardo pirenaico (Ursus arctos, subpoblación pirenaica): 80-90 ejemplares, en recuperación lenta desde las reintroducciones.
- Buitre negro (Aegypius monachus): 3.000 parejas en territorio español.
- Águila perdicera (Aquila fasciata): 700-800 parejas, sigue en regresión por colisiones con tendidos eléctricos.
- Alimoche (Neophron percnopterus): rapaz carroñera, especie vulnerable según el catálogo desde 2011.
Qué implica para el senderista
Las consecuencias prácticas más visibles cuando recorres montaña española son tres:
- Cierres temporales de zonas durante la cría. Desde febrero a julio aproximadamente, muchas zonas de roquedo con presencia de águila imperial, águila real, alimoche o quebrantahuesos tienen restricciones de acceso por escalada, vuelo de drones o incluso senderismo. Los paneles oficiales del Parque y la web autonómica suelen detallar estas restricciones temporales con claridad.
- Distancias mínimas a nidos. En zonas con presencia confirmada de especies del CEEA hay distancias mínimas publicadas que los visitantes deben respetar para no producir abandono del nido (habitualmente 500-1.000 metros del nido, según especie). El uso de drones está particularmente restringido.
- Prohibición de molestar fauna. Acercarse a un oso pardo cantábrico (en peligro de extinción) o a una hembra con crías de cualquier ungulado puede generar abandono o muerte de cría. La regulación cataloga estos comportamientos como infracción administrativa con sanciones que escalan de 500 € (leves) a 2.000.000 € (muy graves) según gravedad y reincidencia.
Cómo se actualiza el Catálogo
El Catálogo se modifica por orden ministerial cuando hay evidencia científica suficiente para subir o bajar de categoría una especie. Las modificaciones más recientes:
- 2021: inclusión del lobo ibérico en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESRPE) en toda España, lo que generó polémica con el sector ganadero por las restricciones cinegéticas asociadas; la Ley 1/2025 revirtió después esa protección al norte del Duero.
- 2025: la Orden TED/452/2025 declaró en situación crítica a la focha moruna y al desmán ibérico —este último elevado a «en peligro de extinción»—, además de actualizar otras especies.
Las comunidades autónomas pueden tener catálogos propios más estrictos que el catálogo nacional, pero no pueden tener catálogos menos estrictos (principio de máxima protección).
Catálogos autonómicos
Cada comunidad autónoma puede establecer su propio Catálogo Regional de Especies Amenazadas, frecuentemente con categorías más detalladas (extinta, en peligro de extinción, vulnerable, sensible a la alteración del hábitat, de interés especial). Los casos más desarrollados son:
- Andalucía: Decreto 23/2012 con casi 700 especies catalogadas.
- Cataluña: Decreto 172/2022.
- Comunidad Valenciana: Decreto 32/2004.
- Canarias: Ley 4/2010 con regulación específica para especies endémicas insulares.
Para el senderista esto significa que la información oficial sobre qué especies están protegidas en una zona concreta debe consultarse no solo en el catálogo nacional sino también en el regional correspondiente.